Todas las marcas que tengan que realizar ensayos o pruebas han de solicitar el permiso de la Dirección general de Tráfico para ello; todas. El hecho de que no dispongan de la placa FV no quiere decir que le hayan denegado el permiso para sobrepasar límites de velocidad ni para poder realizar determinadas maniobras.
No es un elemento indispensable para realizar las pruebas ni los sancionan por no llevarlas.
Siento refutar lo que pones pero lo que he señalado en negrita no es así:
El hecho de no llevar las placas FV efectivamente puede ser por dos motivos, que no le hayan dado permiso, o que se lo haya dado y los encargados de las prueas no le hayan colocado el distintivo correspondiente en el vehículo, que deben ser dos, uno delante y otro detrás, como ya puse anteriormente.
Vuelvo a citar el reglamento que regula estas circunstancias:
"Rgto. Gral. de Circulación
Titulo V : Señales en los vehículos:
Artículo 173. Objeto, significado y clases .
1. Las señales en los vehículos están destinadas a dar a conocer a los usuarios de la vía determinadas circunstancias o características del vehículo en que están colocadas, del servicio que presta, de la carga que transporta o de su propio conductor.
2. Con independencia de las exigidas por otras reglamentaciones específicas, las nomenclatura y significado de las señales en los vehículos son las siguientes:
V-12. Placa de ensayo o investigación. Indica que el vehículo está efectuando pruebas especiales o ensayos de investigación.
3. La forma, color, diseño, símbolos, dimensiones, significado y colocación de las señales en los vehículos se ajustarán a lo establecido en las normas reguladoras de los vehículos."Como la señal F.V. (V-12) está reglamentada y regulada por el citado Reglamento hay obligación de llevarla instalada, si no es así, y los Agentes encargados de la vigilancia del tráfico deciden dar el alto a un vehiculo de estas características y no llevan instaladas las señales V-12 pues podrían sancionar al responsable con la siguiente sanción codificada en el siguiente reglamento:
Rgto. Gral. Vehículos:
Art. 18 Apdo. 1 Opción 1B : No llevar en el vehículo la señal reglamentaria correspondiente (deberá indicarse la señal omitida o no instalada; ejmplo V-1, V-2, etc.)
Cuantía de la sanción: 150 €.
Para poder realizar dichs pruebas SÍ es necesario llevar dichas placas montadas, pero lo dicho, otra cosa es que por despiste o por lo que sea no se las pongan, porque no creo que ninguna marca de vehículos omita el trámite de solicitar esta autorización.
Por lo que veo las mulas del Exeo prefieren llevar instaladas las placas F.V. (V-12) para que no les pongan 150 € de multa.... aunque supongo que sería calderilla para la SEAT.
Un saludo.